Codigo de Conducta

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CODIGO DE CONDUCTA ESCNNA 

Con el fin de contrarrestar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en las actividades relacionadas con viajes y turismo, PLACE TO TRAVEL S.A.S y en general todos los prestadores de servicios turísticos adoptarán un código de conducta que deberán observar sus representantes legales, directores, administradores, empleados y contratistas vinculados a la prestación de servicios, con el fin de hacer efectivas las obligaciones contempladas en los artículos 16 y 17 de la Ley 679 de 2001, así como prevenir las conductas tipificadas en el artículo 19 de la misma Ley y la resolución 3840 de 2009, que incorpore las siguientes medidas mínimas de control, donde nos comprometemos a seguir de manera puntual las siguientes reglas.

 

  • Nos abstendremos de ofrecer o dar información a los turistas y en los programas de promoción turística y en planes turísticos, expresa o subrepticiamente, actividades que involucren explotación sexual de menores. 
  • Adoptaremos las medidas tendientes a impedir que los trabajadores de la agencia de viajes PLACE TO TRAVEL dependientes o intermediarios, ofrezcan servicios turísticos que incluyan contactos sexuales con menores de edad. 
  • Protegeremos a los menores de edad nacionales o extranjeros de toda forma de explotación y violencia sexual originada por turistas nacionales o extranjeros.
  • Incorporaremos en nuestra publicidad turística información sobre las consecuencias legales de la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes. 
  • Rechazaremos la explotación laboral infantil y la discriminación de etnicidad o género. 
  • Aseguraremos que al interior de la empresa existan canales para la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes. 
  • Capacitaremos a todo el personal vinculado a la empresa, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
  • Comunicaremos oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se detecten. 
  • Solicitamos a nuestros clientes, proveedores, socios y a otras agencias que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que se tengan conocimiento denunciando ante la policía, el ICBF y demás organizamos competentes los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad. 
  • Advertimos a nuestros clientes que Quien incurra en explotación, pornografía y turismo sexual con niños niñas será sancionado penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes." 

 

LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES ES RESPONSABILIDAD DE TODOS COMO SOCIEDAD